Transparencia de la Información

La Ley General de Seguros en el Art. 42 dispone que las compañías de seguros tienen la obligación de atender y resolver los reclamos para el pago de siniestros por los asegurados en el plazo de 45 días. Si llegara a existir una disconformidad con el resultado, es su derecho acudir a la Superintendencia de Bancos y Seguros.

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