Clasificación: Seguros de daños para empresas

De acuerdo al Libro II “Normas Generales para la Aplicación de la Ley General de Seguros”, Título VI, Capítulo I, Sección I, Artículos 1 y 2, se determina la siguiente clasificación de seguros:

SEGUROS DE DAÑOS PARA EMPRESAS

  • Incendio y Líneas Aliadas: Este seguro protege los activos asegurados contra las pérdidas o daños materiales que puedan sufrir, como consecuencia de incendio, rayo, explosión, terremoto, temblor, erupción volcánica, motín, huelgas, lluvia, inundación, daños por agua, colapso, entre otros.
  • Lucro Cesante a consecuencia de Incendio y Líneas Aliadas: cubre la interrupción de negocios o pérdida de beneficios a consecuencia de la ocurrencia de los riesgos cubiertos en incendio y líneas aliadas.
  •  Responsabilidad Civil: Cubre Pérdidas pecuniarias que sufra el asegurado en virtud de la responsabilidad civil que incurra frente a terceras personas como consecuencia de accidentes producidos en el desarrollo regular de sus actividades y que ocasionen daños ya sea corporales o materiales
  •  Vehículos: Daño propio al vehículo como consecuencia directa de choque, volcadura, incendio, robo, hurto o cualquier otro suceso originado por una fuerza externa, repentina y violenta; responsabilidad civil a terceros por lesiones corporales o daños causados a personas o bienes que se encuentren fuera del vehículo; a ocupantes por lesiones corporales que sufran las personas que viajan dentro del vehículo asegurado; y, como coberturas adicionales asistencia en viajes, equipos de sonido y de comunicación, entre otras.
  •  Transporte: Cubre pérdida total o parcial de la mercadería y bienes transportados a consecuencia de los riesgos ocasionados al medio de transporte, ya sea marítimo, aéreo o terrestre.
  •  Marítimo: Cubre pérdida total, pérdida total constructiva y gastos de salvataje del buque asegurado como consecuencia de los riesgos de mar y/o ríos o rías y/o canales y/o esteros navegables, puertos, diques secos o flotantes, como son, hundimiento, naufragio, varadura, colisión, temporal, choque, incendio, rayo, explosión, echazón o cambio forzoso de ruta; así como la responsabilidad civil.
  • Aviación: Pérdidas accidentales al casco y maquinaria del avión, a la tripulación, a los pasajeros transportados, responsabilidad civil (daños a terceros o propiedad ajena), equipaje o carga transportada.
  • Dinero y Valores: Cubre pérdida, daño o destrucción de dinero y valores, ya sea por robo total o parcial o causas accidentales, mientras se hallen en tránsito por parte de cualesquiera de los empleados del asegurado o por cualesquier empresa transportadora de valores legalmente autorizada; o, mientras se encuentren dentro de los locales del asegurado depositados en caja de seguridad, cajas registradoras, gavetas, cajas o cajones de escritorios cerrados con llave y/o candados.
  • Robo: Pérdida, destrucción o deterioro de los bienes asegurados como consecuencia directa de, e imputables exclusivamente a robo o intento de robo, así como por asalto usando violencia o amenaza de violencia o hurto (si tiene la cobertura).
  • Agropecuario: Seguro agrícola y ganadero, es decir, los riesgos que afectan a los cultivos y a los animales. Puede incluir, especies bioacuáticas y seguro forestal.
  • Fidelidad: Cubre pérdidas que pueda sufrir el asegurado por la apropiación indebida realizada por abuso de confianza de los empleados y dependientes a su servicio.