El contrato de seguro es un contrato solemne, requiere de documentos que den vida legal y que sirvan de soporte a las relaciones jurídicas de las partes a él vinculadas y a la seguridad de sus derechos.
Nuestra legislación define a la póliza como el documento privado que permite que el contrato de seguro se perfeccione y se pruebe que es evidentemente el elemento formal del contrato de seguro.
Hay otros documentos que pueden en su defecto, llegar a ser partes integrantes de la póliza.
Requisitos, Elementos e Información Básica de la Póliza
Carátula / Sumario
Nombre y domicilio del Asegurador.
Nombre y domicilio del Asegurado / Solicitante /
Beneficiario.
Vigencia del documento.
Suma asegurada del documento (total).
Objetos asegurados / Qué se asegura.
Primas / Netas y Recargos.
Fecha de Celebración del Contrato.
Cláusulas que se puedan anexar a la póliza.
Condiciones generales
Se aplican a todos los contratos de un mismo Cpo, otorgados por un mismo asegurador y aplicadas por el mismo mercado en la mayoría de los casos.
Delimitan la extensión del riesgo asumido por el asegurador.
Regula las relaciones entre las partes intervinientes en el contrato y garanCza el ejercicio de los derechos y obligaciones que Cenen las partes.
Están detallados los riesgos cubiertos, las exclusiones, las obligaciones del asegurado en caso de siniestro, caducidad, prescripción de la subrogación, jurisdicción , domicilio y otras generales.
Deben ser aprobadas por la Superintendencia de Bancos.
Son de observancia obligatoria para los contratantes.
Condiciones Particulares
Son aquellas que individualizan al seguro y reflejan la voluntad de los contratantes en un caso en concreto, ya que estas son más discutidas entre las partes que las condiciones generales.
Son variables y en algunos casos modifican a los parámetros impuestos por las condiciones generales.
En caso de incongruencia, estas prevalecen sobre las generales.
Condiciones Especiales
Son las que de igual manera individualizan al seguro pero de una forma general y comúnmente aceptada por el mercado.
Precisan la aplicación de las condiciones generales,amplíanorestringencoberturas, introducen modalidades o procedimientos a coberturas no previstas, limitan exclusiones.
Generalmente son manejadas como anexos o cláusulas adicionales a las pólizas.